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Régimen Simple 2026 en Colombia: quiénes pueden inscribirse, requisitos y anticipos
26 feb, 2026

Régimen Simple 2026 en Colombia: quiénes pueden inscribirse, requisitos y anticipos

¿Qué es el Régimen Simple de Tributación?

El Régimen Simple de Tributación es un sistema tributario opcional administrado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) que simplifica el cumplimiento de obligaciones al integrar varios impuestos nacionales y locales en una sola obligación fiscal con pagos distribuidos a lo largo del año en forma de anticipos bimestrales y una declaración anual consolidada.

¿Para qué sirve?

El RST busca simplificar las obligaciones fiscales para empresarios, comerciantes, profesionales independientes y pequeñas y medianas empresas mediante la unificación de impuestos, reducción de cargas administrativas y planificación más clara de los pagos tributarios durante el año gravable.

¿Quiénes pueden inscribirse en el Régimen Simple?

Para el año gravable 2026, pueden optar por el RST los siguientes contribuyentes que cumplan con los requisitos normativos establecidos por la DIAN:

🟣 Personas naturales que desarrollen actividad empresarial o comercial, incluidas profesiones liberales o actividades empresariales formales.

🟣 Personas jurídicas de naturaleza societaria, siempre que sus socios o accionistas sean personas naturales residentes fiscales en Colombia.

🟣 Contribuyentes que en el año gravable anterior hayan obtenido ingresos brutos, ordinarios o extraordinarios inferiores a 100.000 UVT. Este límite es el requisito general para la mayoría de actividades.

🟣 Contribuyentes que cumplan con sus obligaciones tributarias nacionales y locales, y estén inscritos y actualizados en el Registro Único Tributario (RUT).

🟣 Si una persona natural o una empresa participa en varias compañías, la DIAN suma los ingresos y la participación en todas ellas para asegurarse de que no se superen los límites de ingresos permitidos para el Régimen Simple

La opción al régimen se realiza al actualizar el RUT con la responsabilidad tributaria correspondiente al RST antes del último día hábil de febrero de 2026 cuando ya se está registrado. Si el contribuyente no tenía RUT previamente, puede optar por el RST al momento de inscribirse.

¿Quiénes NO pueden optar por el Régimen Simple?

La DIAN establece exclusiones específicas que impiden la inscripción o permanencia en el RST:

🟡 Personas naturales sin residencia fiscal en Colombia o sus establecimientos permanentes.

🟡 Personas naturales cuya actividad constituye una relación laboral o contrato realidad con subordinación, ya que no se considera actividad empresarial.

🟡 Personas jurídicas extranjeras o sus establecimientos permanentes.

🟡 Sociedades cuyos socios o administradores tengan una relación laboral de subordinación con la entidad.

🟡 Entidades dedicadas a actividades excluidas, como microcrédito, gestión de activos o intermediación de ventas de activos, factoraje, servicios de asesoría financiera, generación o comercialización de energía eléctrica, fabricación o importación de automóviles, combustibles o armas, entre otras detalladas por la DIAN.

¿Cómo funciona o cómo se implementa el Régimen Simple?

1.Inscripción y opción en el RUT:

Para acogerse al RST, el contribuyente debe actualizar su responsabilidad tributaria en el RUT con la opción por el Régimen Simple dentro de los plazos establecidos (generalmente hasta el último día hábil de febrero del año gravable).

2.Anticipos bimestrales del impuesto unificado:

Los contribuyentes inscritos al RST deben presentar anticipos bimestrales del impuesto unificado mediante el recibo electrónico 2593 de la DIAN para cada periodo bimestral. Estos anticipos se presentan y pagan según el calendario tributario, independientemente de si se generaron ingresos o no en ese bimestre.

📌 Ten presente que… Para 2026, las fechas para presentar y pagar los anticipos bimestrales del RST están programadas entre el séptimo y el décimo sexto día hábil de los meses correspondientes (por ejemplo: enero-febrero del 12 al 26 de mayo de 2026, marzo-abril del 10 al 24 de junio de 2026, etc.). Incluso si en un bimestre no se generaron ingresos, se debe presentar el anticipo en el formulario 2593.

2.1.Exoneración de anticipos para personas naturales de menores ingresos:

Las personas naturales inscritas en el RST cuya suma de ingresos brutos anuales sea inferior a 3.500 UVT pueden estar exoneradas de presentar y pagar anticipos bimestrales, debiendo únicamente presentar la declaración anual consolidada del impuesto.

3.Declaración anual consolidada:

Al finalizar el periodo gravable, el contribuyente presenta una declaración anual consolidada del impuesto unificado (Formulario 260) dentro de los plazos establecidos por la DIAN. Para el año gravable 2025, estas declaraciones se presentan entre el 11.º y el 15.º día hábil de abril de 2026 según el último dígito del NIT. Así mismo, los responsables de IVA presentan su declaración de IVA anual consolidada entre el 11.º y el 15.º día hábil de febrero de 2026.

4.Cálculo del anticipo bimestral del RST: El anticipo bimestral se calcula sobre los ingresos brutos obtenidos en cada bimestre y se aplica una tarifa del impuesto unificado que varía según el nivel de ingresos y el tipo de actividad económica. Estas tarifas son definidas en el parágrafo 4º del artículo 908 del Estatuto Tributario y dependen del grupo de actividad del contribuyente.

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Errores comunes o malas prácticas

🟣 Inscripción fuera de plazo o actualización incorrecta del RUT, lo que puede impedir la opción por el régimen en el año deseado.

🟣 No presentar o pagar anticipos bimestrales a tiempo, lo que puede generar intereses de mora o afectar la permanencia en el régimen.

🟣 No consolidar ingresos correctamente cuando el contribuyente tiene participación en varias empresas o sociedades.

🟣 Ignorar las condiciones de exoneración de anticipos para personas naturales de ingresos bajos, lo que puede generar cargas administrativas o pagos innecesarios.

Preguntas frecuentes

  1. ¿Hasta cuándo puedo inscribirme al Régimen Simple para 2026? Puedes actualizar tu RUT con la opción por el RST hasta el último día hábil de febrero de 2026 si ya estás inscrito; si es tu primera inscripción en el RUT puedes optar por el RST al momento de la inscripción.

  2. ¿Qué ingresos brutos permiten optar por el RST? Tus ingresos brutos ordinarios o extraordinarios del año anterior deben ser inferiores a 100.000 UVT para poder inscribirse en el régimen en 2026.

  3. ¿Qué pasa si no generé ingresos en un bimestre? Aunque no hayas generado ingresos en un bimestre, debes presentar el anticipo correspondiente mediante el recibo electrónico 2593 según las fechas establecidas por la DIAN.

  4. ¿Puedo no pagar anticipos si mis ingresos son bajos? Sí; si eres persona natural inscrita en el RST con ingresos brutos anuales inferiores a 3.500 UVT, puedes estar exonerado de presentar pagos anticipados y presentar solo la declaración anual consolidada.

  5. ¿Qué actividades económicas se excluyen del RST? Actividades como microcrédito, factoraje, gestión de activos, asesoría financiera, generación o comercialización de energía eléctrica, fabricación o importación de automóviles, combustibles o armas, entre otras, están entre las que no pueden optar por el régimen.

El Régimen Simple de Tributación para 2026 es una alternativa tributaria útil para contribuyentes con actividades empresariales o comerciales que deseen simplificar su cumplimiento fiscal en Colombia. Conocer los requisitos de inscripción, los límites de ingresos, las exclusiones normativas, los plazos de anticipos bimestrales y la estructura de tarifas es esencial para tomar decisiones fiscales informadas y cumplir con la normativa vigente con rigor y precisión.