Conoce la guía y las tablas de retención en la fuente para el 2025
07 feb, 2025

Conoce la guía y las tablas de retención en la fuente para el 2025

¿Qué es la retención en la fuente?

La retención en la fuente es un mecanismo de recaudo anticipado del impuesto de renta utilizado en Colombia y varios países. Consiste en que un agente retenedor (puede ser una empresa, entidad o individuo designado por la ley) descuenta a un contribuyente sobre el pago de una compra de un bien o servicio, y lo remite directamente a la DIAN. Esta retención o descuento se realiza sobre diferentes conceptos como salarios, honorarios, comisiones, intereses… entre otros.

El principal propósito de la retención en la fuente es asegurar el cumplimiento tributario, facilitando el recaudo de impuestos. Al permitir que una parte del impuesto se pague en el momento en el que se genera el ingreso, en vez de esperar el pago en la declaración anual.

¿Cómo opera la retención en la fuente?

Para que funcione la retención en la fuente a título de impuesto de renta se deben cumplir algunas condiciones.

🟣 Debe existir una transacción económica entre dos personas diferentes (vendedor y comprador).

🟣 El retenido debe ser contribuyente del impuesto de renta.

🟣 El retenido debe ser el que vende el bien o presta un servicio, es decir, quien recibe el ingreso.

🟣 El agente retenedor es el que paga, es decir, quien compra el bien o servicio.

🟣 Sobre el concepto de la transacción económica, la ley expresamente califica la obligatoriedad de efectuar la retención.

Objetivos de la retención en la fuente

Los objetivos de la retención en la fuente son múltiples y cumplen un papel crucial en nuestro sistema tributario, aquí te menciono los más importantes:

🔵 Recaudación anticipada: Facilita el flujo de ingresos al Estado, al obtener los impuestos de manera anticipada y en pequeñas cantidades a lo largo del año, a cambio de esperar que los contribuyentes del impuesto de renta presenten y paguen su declaración de forma anual.

🔵 Cumplimiento tributario: Mejora la eficiencia y efectividad del sistema tributario y su recaudo, al asegurar que los contribuyentes hagan sus presentaciones de declaraciones de retención con su pagos.

🔵 Control fiscal: Provee una herramienta de control y fiscalización más efectiva, permitiendo a la autoridad tributaria monitorear los ingresos y detectar posibles evasiones.

🔵 Redistribución de la carga fiscal: Distribuir la carga fiscal de manera más equitativa y proporcional, evitando que los contribuyentes tengan que desembolsar grandes cantidades de dinero en un solo pago anual.

🔵 Simplificación administrativa: Reducir la carga administrativa tanto para la administración tributaria como para los contribuyentes, simplificando el proceso de pago y declaración de impuestos.

Elementos de la retención en la fuente

🟡 Agente retenedor: Es la persona o entidad (comprador) obligada o autorizada por la ley, para efectuar la retención en el momento del pago o abono en cuenta.

🟡 Sujeto pasivo: Es la persona o entidad beneficiaria del pago o abono en cuenta (vendedor), afectada con la retención en la fuente, porque sobre ella cae la obligación de pagar el impuesto.

🟡 Hecho pasivo: Es la actividad que se realiza y se encuentra sometida a la respectiva retención.

🟡 Base de retención o base gravable: Es el valor del pago o abono en cuenta, sujeto a la retención sobre él se debe aplicar la tarifa para obtener el valor a retener.

🟡 Tarifa: Es el porcentaje aplicable a la base gravable definido por la ley, con el cual se determina el monto o valor a retener.

Estatuto Tributario

Entre los que interactúan en este proceso, tal vez el más importante será el agente de retención, para quien los artículos 375, 376, 378, 378-1, 381, 382 y 632 del ET señalan varias obligaciones, entre las que se destacan las siguientes:

🟣 Artículo 365: Facultad del gobierno nacional para establecer retenciones en la fuente con el fin de facilitar, acelerar y asegurar el recaudo del impuesto sobre la renta y sus complementarios.

🟣 Artículo 366: Facultad para establecer nuevas retenciones en la fuente sobre pagos o abonos en cuentas susceptibles de constituir ingreso tributario.

🟣 Artículo 367: Finalidad de la retención en la fuente, es conseguir que el impuesto se recaude en lo posible dentro del mismo ejercicio gravable en que se cause.

Leyes y Decretos

🔵 Ley 1607 de 2012: Normas en materia tributaria, incluyendo disposiciones sobre la retención en la fuente.

🔵 Decreto 1070 de 2013: Información para clasificar a las personas naturales y definiciones relacionadas con la retención en la fuente.

🔵 Decreto 1473 de 2014: Actividades económicas para los trabajadores por cuenta propia.

🔵 Resolución 000080 del 2015: Modificación de formularios y formatos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

🧐 ¿Sabías qué? Este mecanismo surgió en 1961 con el decreto 1651 del 18 de julio que habla sobre las declaraciones de renta y patrimonio. Pero hasta 1969 con la ley 38 de diciembre 30, se dictan las normas, procedimientos y sanciones aplicables a la retención en la fuente, con el fin de recaudar anticipadamente el impuesto sobre la renta para obtener mayor control en la captación de recursos provenientes de los contribuyentes y de esta forma disminuir la evasión de impuestos.

Tablas de Retención en la Fuente 2025

Publicadas por la DIAN, establece las bases mínimas sujetas a retención y las tarifas aplicables para el año 2025 con un valor de UVT en $49.799

ConceptoBase mínima en UVT ≥Base mínima en pesos ≥Tarifa de retención
Adquisición de bienes raíces para uso de vivienda de habitación por las primeras 20.000 UVT.≥ 27 hasta 20.000 UVT≤ $995.980.0001%
Adquisición de bienes raíces para uso de vivienda de habitación cuando exceda las 20.000 UVT (al excedente se le aplicará la tarifa aquí señalada).Exceso de 20.000 UVT> $995.980.0002,5%
Adquisición de bienes raíces para uso diferente a vivienda de habitación, si el pagador es persona jurídica, sociedad de hecho o persona natural agente de retención, de acuerdo con lo establecido en el artículo 368-2 del ET.≥ 27 UVT≥ $1.345.0002,5%
Adquisición de vehículos.≥ 27 UVT≥ $1.345.0001%
Arrendamiento de bienes inmuebles (declarantes y no declarantes)27$1.345.0003,5%
Arrendamiento de bienes muebles0100%4%
Colocación independiente de juegos de suerte y azar5$249.0003%
Comisiones Bolsa de Valores0100%3%
Comisiones sector financiero0100%11%
Compras con tarjeta débito o crédito0100%1,5%
Compras de bienes o productos agrícolas o pecuarios sin procesamiento industrial92$4.582.0001,5
Compras de café pergamino o cereza160$7.968.0000,5%
Compras de combustibles derivados del petróleo0100%0,10%
Compras generales (declarantes renta)27$1.345.0002,5%
Compras generales (no declarantes renta)27$1.345.0003,5%
Compras de oro-100%1%
Contratos de construcción y urbanización.27$1.345.0002%
Contratos de consultoría de obras públicas.0100%2%
Contratos de consultoría en ingeniería de proyectos de infraestructura y edificaciones a favor de personas naturales no declarantes del impuesto de renta.0100%10%
Contratos de consultoría en ingeniería de proyectos de infraestructura y edificaciones a favor de personas naturales o jurídicas y entidades declarantes del impuesto de renta.0100%6%
Diseño, análisis, desarrollo, implementación, mantenimiento, ajustes, pruebas, suministro y documentación, fases necesarias en la elaboración de programas de informática, diseño de páginas web , consultoría en programas de informática y licenciamiento y derecho de uso del software (la tarifa depende de si el beneficiario del pago o abono en cuenta cumple o no con las condiciones establecidas en los literales a y b) del art. 1.2.4.3.1 DUR 1625 de 20160100%10% u 11%
Diseño, análisis, desarrollo, implementación, mantenimiento, ajustes, pruebas, suministro y documentación, fases necesarias en la elaboración de programas de informática, diseño de páginas web , consultoría en programas de informática y licenciamiento y derecho de uso del software. Declarante de renta.0100%3,5%
Enajenación de activos fijos de personas naturales (En el caso de Inmueble la retención la realiza las notarías y de vehículos tránsito)0100%1%
Estudios de mercado y la realización de encuestas de opinión pública0100%4%
Honorarios y comisiones (no declarantes renta)0100%10%
Honorarios y comisiones pagados a personas jurídicas y tambien a P. naturales que suscriban contratos por más de 3.300 Uvt o que la sumatoria de los pagos o abonos en cuenta durante el año gravable superen 3.300 UVT0100%11%
Honorarios y comisiones (personas jurídicas)0100%11%
Honorarios profesores extranjeros sin residencia en el pais contratados por períodos no superiores a ciento ochenta y dos (182) días por instituciones de educación superior legalmente constituidas.0100%7%
Indemnizaciones diferentes a las salariales y a las percibidas en demandas contra el estado.0100%7%
Indemnizaciones de la relación laboral, legal y reglamentaria para trabajores que devenguen ingresos inferiores al equivalente a 204 UVT00%0%
Indemnizaciones de la relación laboral, legal y reglamentaria para trabajores que devenguen ingresos superiores al equivalente a 204 UVT0100%20%
Intereses y demás rendimientos financieros en general0100%7%
Licenciamiento y derecho de uso del software0100%3,5%
Loterías, rifas, apuestas y similares48$2.390.00020%
Otros ingresos tributarios (declarantes)27$1.345.0002,5%
Otros ingresos tributarios (no declarantes)27$1.345.0003,5%
Por emolumentos eclesiásticos (declarantes)27$1.345.0004%
Por emolumentos eclesiásticos (no declarantes)27$1.345.0003,5%
Rendimientos financieros (títulos de renta fija)0100%4%
Rentas de trabajo95$4.731.000Tabla art. 383 ET
Servicios de hoteles y restaurantes4$199.0003,5%
Servicios de licenciamiento o derecho de uso de software0100%3,5%
Actividades de análisis, diseño, desarrollo, implementación, mantenimiento, ajustes, pruebas suministro y documentación, fases necesarias en la elaboración de programas de informática, sean o no personalizados, así como el diseño de páginas web y consultoría en programas de informática0100%3,5%
Servicios de transporte nacional de carga4$199.0001%
Servicios de transporte de pasajeros nacional por vía aérea o marítima4$199.0001%
Servicios de transporte nacional de pasajeros por vía terrestre27$1.345.0003,5%
Servicios generales (declarantes renta)4$199.0004%
Servicios generales (no declarantes renta)4$199.0006%
Servicos P.N no declarante cuando del contrato se desprenda que los ingresos, o de los pagos o abonos en cuenta superan en el año (3.300) UVT; se aplicará el 4% a partir del pago o abono en cuenta del valor que exceda dicho valor.4$199.0004%
Servicios integrales de salud prestados por IPS4$199.0002%
Servicios prestados por empresas de servicios temporales (sobre AIU) que no puede ser inferior al 10% del contrato.4$199.0001%
Servicios prestados por empresas de vigilancia y aseo (sobre AIU) que no puede ser inferior al 10% del contrato4$199.0002%
Servicios de sísmica-100%6%
Rete IVA por compras (15% sobre el IVA)27$1.345.00015%
Rete IVA por servicios (15% sobre el IVA)4$199.00015%

✏️ Ejemplo: Las compras generales tienen una base mínima de 1.345.000 COP y una tarifa de retención del 2,5% para declarantes y del 3,5% para no declarantes.

Agentes retenedores

🟡 Personas Naturales o Jurídicas.

🟡 Entidades de Derecho Público.

🟡 Fondos de Inversión, Fondos de Valores.

🟡 Fondos de Pensiones de Jubilación e invalidez.

🟡 Empresas Unipersonales.

🟡 Consorcios y uniones temporales.

🟡 Comunidades Organizadas.

🟡 Sucesiones ilíquidas y Sociedades de hecho.

🟡 Cualquier persona que se indique en forma expresa en la ley o en el reglamento.

🟡 La Nación, los Departamentos, el Distrito Capital, los Municipios, Asociaciones de Municipios, áreas metropolitanas, establecimientos públicos.

🟡 Todos los organismos y dependencias del Estado a los que la Ley otorgue capacidad para celebrar contratos

🟡 Los notarios.

Obligaciones del agente retenedor

🟣 Practicar la retención en la fuente (Art. 375 E.T.).

🟣 Presentar declaraciones (Art. 382 E.T).

🟣 Consignar lo retenido (Art. 376 y 377 E.T).

🟣 Expedir certificados (Art. 378 y 381 E.T).

🟣 Llevar registros contables.

Presentar la declaración (Mensual)

  1. Por cada período fiscal se debe presentar una sola declaración de retenciones en la fuente.

  2. Cuando el agente retenedor tenga sucursales o agencias deberá presentar una sola declaración de retenciones en forma consolidada.

  3. Si no se practican retenciones en el periodo, no será necesario presentar la declaración (artículo 20 ley 1430 de 2010).

  4. Consignar lo retenido en los bancos autorizados y dentro de los plazos establecidos por el gobierno nacional.

  5. Expedir un certificado de retenciones en donde consten todas las retenciones que le practicaron en el año gravable, indicando base, tarifa y valor retenido.

👀 Ojo: Asalariados no declarantes, el certificado de ingresos y retenciones sustituye la declaración de renta.

Declaración y pago

🔵 Declaración: Los agentes de retención deben presentar declaraciones periódicas a la DIAN, detallando los montos retenidos.

🔵 Pago: Los valores retenidos deben ser consignados a la DIAN en las fechas establecidas, según el calendario tributario. Esto asegura que los impuestos recaudados sean remitidos oportunamente.

Como somos tu mejor Aliaddo te traemos esta información actualizada, para ayudarte con tus obligaciones tributarias.