4 de agosto de 2021
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Nuevas fechas para la implementación del anexo 1.8 de factura electrónica

4 de agosto de 2021

Fechas para anexo 1.8 de factura electrónica

Iniciará el próximo 18 de agosto de 2021.

A través de la Resolución 000063 del 30 de julio de 2021 la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) estableció que a partir del próximo 18 de agosto, entra en vigencia importantes mejoras en la versión 1.8 del anexo de facturación electrónica que sustituye la versión 1.7, soporte de nómina electrónica y registro de facturas electrónicas como título valor Radian.

Debido a que algunos contribuyentes sugirieron dar más tiempo para hacer ensayos de funcionalidad de dicho documento digital, la entidad decidió aplazar el servicio de factura electrónica.

“Respecto de las funcionalidades para habilitación, generación, transmisión, validación de los servicios Radian y nómina electrónica, estará disponible en la misma fecha. Por tanto, solo a partir de ese día, los responsables deben iniciar las actividades de habilitación de los software para transmitir a validación los documentos de estos servicios”, estableció la DIAN.

Las empresas con más de 250 colaboradores tendrán más plazo para transmitir el documento de la nómina. Además, la DIAN explicó que se deberá hacer nuevamente la habilitación de la Radian y Nómina Electrónica el 18 de agosto, así se haya realizado antes.

Dado que se movieron 18 días para la nómina electrónica, también el primer calendario de los cuatro grupos esperados para la masificación de la facturación electrónica se mueve en la primera transmisión del 10 de octubre al 29 de octubre», dijo Mario Márquez, gerente de factura electrónica de la DIAN.

Solo debe tener presente que el próximo 18 de agosto es la fecha de inicio de habilitación de la nómina electrónica para todos los grupos, sin embargo los plazos para generar el documento siguen siendo iguales:

Fechas para anexo 1.8 de factura electrónica

Fechas para anexo 1.8 de factura electrónica

El primer grupo que corresponde a las empresas que tengan más de 250 empleados, tienen plazo hasta el 1 de septiembre de este año para iniciar con la generación, transmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica y de las notas de ajuste del documento soporte de pago de nómina electrónica.

Igualmente ocurre con los demás grupos. El  grupo número dos (empresas que tienen desde 101 hasta 250 empleados) tienen hasta el 1 de octubre. El grupo tres (de 11 a 100 empleados) tiene hasta el 1 de noviembre y el último grupo (de 1 a 10 empleados) tiene hasta el 1 de diciembre. Es por esto que el documento establece que los sujetos no obligados a expedir factura o documento equivalente lo podrán realizar a partir del 31 de enero de 2022.

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