¡Agarrate de tu silla! Porque hoy te contaremos esos errores que estás cometiendo al declarar renta como persona natural y no aún te has dado cuenta.
Si eres una persona natural obligada a declarar renta, ¡este artículo te ahorrará demasiados dolores de cabeza! y si eres un contador experimentado, esta información puede servirte para llevar a cabo la declaración de renta de tus clientes. 😎😎😎
Es por ello, que pensando en ti, como tu mejor Aliaddo, estamos siempre dispuestos a acompañarte en la preparación y presentación oportuna de cada una de tus obligaciones tributarias. Hemos preparado este contenido con el fin de que estés alerta y conozcas algunos errores frecuentes, en los que incurrimos al elaborar la declaración de renta personas naturales.
Comencemos:
Asegúrate de conocer la normatividad vigente para el año de la declaración que vas a elaborar, recuerda que en nuestro país constantemente las reglas tributarias son modificadas
Tener actualizado el RUT, es una de las obligaciones que cada contribuyente debe cumplir sea por cambio de domicilio, nuevas actividades económicas o adición de responsabilidades, y de no hacerlo se verá abocado a sanciones.
Si quieres extender la información sobre el RUT puedes visitar el siguiente artículo: ¿Cómo sacar el RUT? Todo lo que no sabías | Aliaddo.com
Por ejemplo: para el caso de la responsabilidad de declarar, si no se hace antes de la presentación de la declaración de renta, el contribuyente puede hacerse acreedor de una sanción de 1 uvt por cada día de retraso en la actualización del rut. Recuerda que cada novedad, se deberá realizar en el RUT a más tardar dentro del mes siguiente
Es importante tener claras las condiciones para determinar la obligación que tiene una persona natural para declarar renta por el año 2021. En ocasiones se tienen presentes sólo dos condiciones, como son el monto de los ingresos y el patrimonio, y se dejan de lado los otros 3 conceptos de consumos con tarjetas de crédito, montos por compras y consignaciones bancarias, condiciones que deben ser evaluadas para determinar la obligación de declarar.
Es importante revisar las 6 seis condiciones con sus topes, ya que si el contribuyente cumple con tan sólo una de ellas, deberá declarar por el año 2021. Puedes consultarlas aquí
El reporte de información exógena enviada por terceros a la DIAN, puede servirte de apoyo para cruzar y validar los datos correspondientes a los soportes del contribuyente, mas no para que a partir de ella elabores la declaración, y mucho menos para tomarlo como soporte de la declaración, ya que esta información es susceptible de cambios, pues no se tiene la certeza de que lo reportado en exógena por el obligado sea información correcta o sea modificada en cualquier momento.
Te invitamos a extender esta información: ¿Qué es la información exógena y para qué sirve?
El no clasificar correctamente los ingresos según lo indica el art 330 del ET, en las diferentes cédulas: general, pensiones, dividendos y participaciones, ocasiona inconsistencias en la declaración de renta, y además podría generarse una diferencia en la tarifa de renta de los ingresos por concepto de dividendos ( Art 242 ET), ya que las demás cédulas tienen la misma tarifa de tributación (Art 241 E.T.).
El uso incorrecto de los formularios de la declaración de renta personas naturales, puede generar inconsistencias. De ahí la importancia de tener claridad al usar los formularios 210 o 110, teniendo en cuenta que el formulario 110 es de uso para renta personas naturales y asimiladas no residentes y sucesiones ilíquidas de causantes no residentes.
Según el Art.387 Et, este beneficio puede descontarse únicamente en las rentas de trabajo del contribuyente en un porcentaje de hasta el 10% de la totalidad del ingreso con un límite de 32 uvts mensuales. El tomar un mismo dependiente en varias declaraciones genera inconsistencias en la declaración, y además es un error que se puede detectar en el cruce de información que realiza la dian.
Este es otro de los posibles errores en la elaboración de la declaración de renta, el cual genera pérdida del valor por concepto de un saldo a favor al no trasladarse de un año a otro y no podrá descontarse posteriormente.
Según el Art. 374 del ET, sólo podrán imputarse los valores retenidos que efectivamente se encuentren certificados, ya que de no ser así la declaración queda presentada con errores.
No realizar la liquidación y pago del anticipo del impuesto para el año siguiente por olvido o por no pagarlo teniendo la obligación de hacerlo, la renta quedará con errores. Y esto obligará al contribuyente a realizar la debida corrección y pagar sanción por corrección junto con los intereses a que haya lugar. Liquide de acuerdo al artículo 807 del ET.
Imputar las mismas deducciones y rentas exentas en varias cédulas, conlleva a duplicidad de las deducciones y disminuye el impuesto a pagar. De ahí la importancia de que a cada cédula se le asocien sus deducciones y rentas exentas de conformidad con los ingresos obtenidos, ya que de no ser así, esto repercutirá en una sanción por corrección y pagar por impuesto dejado de liquidar con sus respectivos intereses de mora.
Si este artículo está siendo un poco complicado para ti, te dejamos nuestro diccionario contable para dummies: Diccionario contable para Dummies
Tenga en cuenta que los costos y gastos que se pueden descontar, deben estar debidamente documentados, cumplir con los requisitos y límites indicados por el estatuto tributarios.
Es importante mencionar que de acuerdo al Art 771-2 ET, los costos y gastos deben estar soportados legalmente con facturas de venta o documentos equivalentes, por lo que es importante que todas las deducciones estén documentadas y cumplan con los requisitos exigidos por la norma.
No incluir la totalidad de los activos, pasivos y patrimonio generará inconsistencias en la declaración y esta inexactitud acarreará una sanción del 200% tal y como lo indica el artículo 648 en su numeral 1.
Recuerda que toda persona natural que posee activos (muebles e inmuebles) en el exterior por un valor superior a 2.000 UVT ($72.616.000) para el 2021, deberá cumplir con la presentación de activos en el exterior en el formulario 160, regulado por el art. 607 E.T.
Importante tener presente que al momento de presentar esta declaración debe estar firmada por el representante legal, actualizar el rut con responsabilidad 41.
Declara los vehículos que posees por el precio del valor de la compra, en ocasiones se genera confusión y se declaran los vehículos por el valor del avalúo del impuesto, lo cual es incorrecto ya que el art. 267 de et. así lo dispone.
¿Eres de los que se confía y no elaboras la comparación patrimonial? ¡Cuidado! Es necesario determinar la comparación patrimonial, esto permitirá validar que las rentas sean consistentes con el incremento del patrimonio.
Art 236 Et: «Cuando la suma de la renta gravable, las rentas exentas y la ganancia ocasional neta, resultare inferior a la diferencia entre el patrimonio líquido del último período gravable y el patrimonio líquido del período inmediatamente anterior, dicha diferencia se considera renta gravable, a menos que el contribuyente demuestre que el aumento patrimonial obedece a causas justificativas.»
¡Que no te pase!
Toma los valores de los activos del avalúo catastral correspondiente al año a declarar, analiza y determina el costo fiscal de los activos de acuerdo a la normatividad vigente. Revisa los artículos 72 y 73 ET, en ellos encontrarás cómo determinar el costo fiscal según conveniencia para el contribuyente.
Asegúrate de organizar un archivo digital por cada año con la declaración de renta de cada persona, con sus anexos y documentos que la soportan.
Dar a conocer cada detalle de la declaración de renta al contribuyente, así como dejar evidencia de las situaciones presentadas tanto en la declaración a presentar como de declaraciones de años anteriores, brinda confianza al contribuyente, demuestra tu profesionalismo, y te permitirá dejar constancia.
Recuerda visitar el calendario tributario de la DIAN para realizar todos tus trámites con tiempo: Calendario_Tributario_2022.pdf
Este es uno de los errores más comunes, con los que se encuentran los contadores al momento de elaborar por primera vez la declaración de renta de un contribuyente, pues finalizada y presentada la declaración no se hace entrega de este soporte de la renta, lo que conlleva a que si el contribuyente cambia de contador, no se logra determinar cuáles son los valores que componen cada renglón de la declaración. Nuestro consejo, es al finalizar la declaración de renta y presentarla, explica al cliente cómo quedó su renta y haz entrega de los anexos que soportan dicho tributo.
En definitiva es un proceso un tanto complicado aún con las ayudas tecnológicas puestas a disposición del público por la DIAN. Es por eso que queremos invitarte a que acudas a un profesional en el tema:
La ayuda de un contador puede hacer este proceso mucho más sencillo y te permitirá concentrarte en lo importante mientras seas completamente honesto con la información que le suministras.
Aquí te dejamos unos tips cortos para hacer más ágil tu proceso de declaración de renta:
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