22 de marzo de 2022
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Conoce todo sobre la declaración de renta de una persona jurídica

22 de marzo de 2022

Las personas jurídicas deben declarar renta y es importante saber qué hay que tener en cuenta para cumplir con esta exigencia.

Quédate a leer nuestro artículo porque te explicaremos cómo, cuándo y porqué debes declarar renta a tiempo.

Empecemos por explicar en qué consiste ser una persona jurídica.

🤔 ¿Qué son las personas jurídicas?

Según la Cámara de Comercio de Bogotá, una persona jurídica es “una organización o grupo de personas naturales a la que la ley reconoce personalidad independiente y diferenciada de la de cada uno de sus miembros o componentes, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones, y de ser representada judicial y extrajudicialmente.”

Es decir, que se interpreta como una institución conformada por personas que tienen funciones y objetivos específicos para cumplir con una obligación a nombre de una empresa creada.

Cuando se genera el impuesto sobre la renta, es porque la sociedad ha obtenido ingresos ordinarios y extraordinarios. Los ingresos ordinarios se entienden como aquellos que resultan del desarrollo de la actividad principal del negocio.

Por otro lado, los ingresos extraordinarios son aquellos que provienen de eventos esporádicos, como por ejemplo el subsidio que brinda el Gobierno a las empresas.

Al momento de generar dichos ingresos, la empresa  incrementa el patrimonio de la empresa y para ello es importante recordar que la declaración de renta recopila todos los hechos económicos  del periodo gravable que comienza del 1 de enero hasta el 31 de diciembre.

También te puede interesar: Encuentra aquí todo lo que debes saber sobre la declaración de renta 2022

¿Quiénes deben declarar renta?

✅Las personas jurídicas y contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios.

✅Las entidades extranjeras que obtienen ingresos directamente en el país, salvo algunas sociedades que tienen excepciones legales porque están bajo un tratado internacional.

✅Las entidades extranjeras que obtienen ingresos a través de establecimientos permanentes ubicados en el territorio nacional, salvo algunas sociedades que tienen excepciones legales porque están bajo un tratado internacional.

✅Este grupo de personas jurídicas, son consideradas como contribuyentes del impuesto de renta y complementarios, quienes dependiendo de sus transacciones tendrán que pagar dicho impuesto.

👉🏼¿Quiénes NO son contribuyentes  del impuesto de renta?

Según el artículo 22 de Estatuto Tributario, modificado por el artículo 83 de la Ley 2020 de 2019, ordena que no se considera contribuyentes del impuesto sobre la renta, y no presentan declaración de renta las siguientes entidades:

🔸Las Entidades Territoriales.

🔸Las Áreas Metropolitanas.

🔸La sociedad Nacional de la Cruz Roja y su sistema federado.

🔸La Nación.

🔸Las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible.

🔸Las Superintendencias.

🔸Las unidades Administrativas Especiales.

🔸Las Sociedades de Mejoras Públicas.

🔸Las Sociedades de Padres de Familia.

🔸Los organismos de Acción Comunal.

🔸Las Juntas de Defensa Civil.

🔸Las Asociaciones de Exalumnos.

🔸Las Asociaciones de Hogares Comunitarios y Hogares Infantiles del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF

🔸Las Asociaciones de adultos mayores autorizadas por el ICBF.

🔸Cabildos Indígenas o comunidades negras reguladas por la Ley 70 de 1993.

Fuente: Actualícese.

🔔¿En qué fechas se debe declarar renta para personas jurídicas 2022?

📣El próximo 7 de abril 2022 comenzarán los vencimientos de los plazos para presentar la declaración de renta correspondiente al año gravable 2021.

Declaración y pago 1ra cuota:

Estas son las fechas establecidas por el estado para la presentación y pago de la primera cuota del impuesto de renta. Toma los dos últimos dígitos del nit de tu empresa y así podrás determinar la fecha del vencimiento:

Últimos dígitos del NITHasta el día 2022Últimos dígitos del NITHasta el día 2022
01-057 de abril51-5525 de abril
06-108 de abril56-6026 de abril
11-1511 de abril61-6527 de abril
16-2012 de abril66-7028 de abril
21-2513 de abril71-7529 de abril
26-3018 de abril76-802 de mayo
31-3519 de abril81-853 de mayo
36-4020 de abril86-904 de mayo
41-4521 de abril91-955 de mayo
46-5022 de abril96-006 de mayo

Fuente: Actualícese.

Para el pago de la segunda cuota se deberá tener en cuenta el último dígito del NIT, de la siguiente forma:

Últimos dígitos del NITHasta el día 2022Últimos dígitos del NITHasta el día 2022
18 de julio615 de julio
211 de julio718 de julio
312 de julio819 de julio
413 de julio921 de julio
514 de julio022 de julio

Fuente: Actulícese.

Debes tener presente las fechas de presentación para no incurrir en sanciones por no declarar, ya que una sanción podría ser equivalente hasta el 20% del valor de los ingresos brutos que estén estipuladas en la última declaración presentada.

💡 ¿Qué debes tener presente para declarar renta?

Debes considerar los siguientes aspectos para liquidar el impuesto de renta de tu empresa:

🔸El cálculo correcto del patrimonio del año gravable.

🔸Los movimientos financieros de tu empresa.

🔸Los ingresos generados del año gravable.

🔸Determinar costos y gastos deducibles

🔸El grupo al cual pertenece el contribuyente.

También te puede interesar: ¿Qué es la factura electrónica y por qué la necesitamos?

🟢Tarifa general en la declaración de renta de personas jurídicas:

La versión  del artículo 240 del Estatuto Tributario, hasta la modificación realizada por el artículo 92 de la Ley 2020 de 2019, expone que la tarifa general del impuesto sobre la renta aplicada a las personas jurídicas es del 31% para el año gravable 2021.

🟣Ahora conoce la sobretasa para las instituciones financieras:

Según el parágrafo 7 del artículo 240 del Estatuto Tributario, adicionado por el artículo 92 de la Ley 2020 de 2019, las entidades financieras deberán liquidar puntos porcentuales adicionales al impuesto sobre la renta y complementarios por el año gravable 2021, así:

Año gravableTarifa general del impuesto sobre la renta y complementarioPuntos porcentuales adicionales para entidades financierasTarifa especial del impuesto de renta para las entidades financieras
202131%+334%

Fuente: Actualícese.

👀Debes tener en cuenta que los  puntos porcentuales adicionales serán aplicadas a las personas jurídicas entidades financieras que por el año gravable tengan una renta gravable igual o superior a 120.000 UVT  ($4.356.960.000 para 2021). Dicha sobretasa estará sujeta a un anticipo del 100% sobre la base gravable del impuesto de renta calculado para el año gravable anterior, que deberá pagarse en dos cuotas anuales en los plazos establecidos por la DIAN.

🤗Hemos llegado al final del artículo, esperamos que con toda la información que te hemos proporcionado te ayude a cumplir con las obligaciones tributarias y así mismo evitar sanciones.

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Fuentes:

*https://legalnova.co/2022/01/19/declaracion-de-renta-pj/

*Cartilla de Actualícese

*Cámara de Comercio Bogotá

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